¿Me toca PTU aunque ya no trabaje ahí? ¡Descúbrelo!

Si alguna vez te has preguntado si te corresponde una lanita extra por las ganancias de una empresa donde chambeaste pero ya no estás, ¡sigue leyendo!

¿Quiénes tienen derecho al PTU como ex empleados? 💰

  • ¡Buenas noticias! Si trabajaste para una empresa por lo menos 60 días durante el año fiscal en que se generaron esas utilidades, ¡tienes derecho a recibir tu parte del PTU! No importa si ya no estás en la nómina cuando llega el momento del reparto.
  • Por ejemplo, si trabajaste más de 60 días en 2023 y la empresa tuvo ganancias ese año, te toca PTU que se paga en 2024.
  • Esto está respaldado por el Capítulo VIII de la Ley Federal del Trabajo, que es la que manda en estos temas.

Fechas clave: ¿Hasta cuándo te pueden pagar tu PTU? 🗓️

Para los que siguen chambeando ahí: Las empresas tienen fechas límite para pagar el PTU:

Si el patrón es una persona moral (o sea, una empresa grande o una S.A. de C.V., por ejemplo): A más tardar el 30 de mayo de cada año.

Si el patrón es una persona física (alguien con su propio negocio o actividad empresarial): A más tardar el 29 de junio de cada año.
(Esto lo dice clarito el Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo).

 

Si ya no trabajo en la empresa tengo derecho al PTU, ¿qué onda? Aquí viene lo bueno:

Una vez que la empresa calcula cuánto PTU va a repartir y les paga a los empleados activos, también debe calcular cuánto le toca a cada ex empleado con derecho.

Tienes un año para reclamar tu PTU. Este año empieza a correr desde el día siguiente a la fecha límite que tuvo la empresa para pagarle a los trabajadores activos.

O sea, si la empresa es persona moral, tendrías hasta el 30 de mayo del siguiente año para pedir tu PTU.

Y si es persona física, hasta el 29 de junio del siguiente año.

Ojo: Si no lo reclamas en ese año, esa lanita se suma a las utilidades que se repartirán el próximo año entre los trabajadores activos (Artículo 122, último párrafo, de la Ley Federal del Trabajo). ¡Así que no te duermas!

¿Cómo te enteras si te toca y cuánto me toca de PTU? 

  • Las empresas deben crear un "proyecto de reparto de utilidades". Una comisión formada por representantes de los trabajadores y del patrón lo arma y debe ponerlo en un lugar visible dentro de la chamba (Artículo 125, fracción I, LFT).
  • Aunque ya no estés ahí, la empresa debería tener formas de avisar a los ex empleados que tienen derecho (a veces por correo, teléfono o publicando listas). ¡No está de más preguntar!

¿Cómo se calcula el PTU? (Pa' que te des una idea) 

El PTU que te toca se calcula en dos partes:

  • Parte 1: Se reparte igual entre todos los que tienen derecho (incluyéndote si eres ex empleado), tomando en cuenta los días que cada quien trabajó en el año fiscal.
  • Parte 2: Se reparte según el sueldo que ganó cada quien durante ese año.
    (Esto lo encuentras en el Artículo 123 de la LFT).

 ¿Y si la empresa se hace pato y no paga? 

  • Si sientes que te están dando largas o de plano no te quieren pagar tu PTU, ¡no te quedes de brazos cruzados!
  • Puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Ahí te dan asesoría legal gratuita, pueden ayudarte a llegar a un acuerdo con la empresa o, si es necesario, a presentar una demanda ante los Tribunales Laborales.

En resumen, ¡que no se te pase!

Si trabajaste al menos 60 días en el año fiscal anterior en una empresa que tuvo utilidades, ¡te corresponde PTU! Mantente al tanto de las fechas de pago y recuerda que tienes un año para reclamarlo después de que se les pague a los empleados activos.

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¡Que no se te pase ese dinerito que es tuyo por ley! 💰✨


¿Qué puedes hacer?

  1. Acércate a tu antigua empresa: Pregunta en Recursos Humanos o a tu ex jefe sobre el pago de tu PTU.
  2. Busca comunicados: Chance y la empresa ya publicó las listas de quiénes tienen derecho.
  3. Ten tus papeles a la mano: Contratos, recibos de nómina, cualquier cosa que demuestre cuánto tiempo trabajaste ahí.
  4. Si hay bronca, busca ayuda: La PROFEDET está para echarte la mano.

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